Está conformado por:
Dra. Susana Vargas Hoffmann, coordinadora
Dra. Laura Cascante Rodríguez, secretaria
Dra. Jessica Ureña Solís, miembro
Dr. Juan José Mora Meza, miembro
Misión, Visión y Objetivos:
La misión del Sistema de Recertificación Profesional es propiciar actividades científico-tecnológicas educativas de calidad que contribuyan a la actualización de conocimientos, habilidades y prácticas del perfil profesional de las personas profesionales en Nutrición a lo largo de su desempeño laboral.
La visión del Sistema de Recertificacdión Profesional es ser un ente garante de la calidad de las actividades de la educación continua dirigidas a las personas profesionales en nutrición que las faculte en el campo de la nutrición humana de manera ética y comprometida con el desarrollo humano de la sociedad costarricense.
Son objetivos del Sistema de Recertificación Profesional en Nutrición:
- Fomentar una cultura de excelencia en el ejercicio de la profesión de nutricionista.
- Regular los entes proveedores de educación continua para que oferten actividades educativas de calidad según los requisitos establecidos y puedan ser acreditados.
- Promover continuamente la participación de las personas profesionales en Nutrición en actividades de educación continua que eleven su perfil profesional.
- Divulgar las investigaciones y las actividades innovadoras realizadas por los colegiados, mediante foros, mesas redondas, panel de expertos y conversatorios entre otros, tanto de manera presencial como virtual. e. Consolidar al C
Son funciones del Consejo Académico de Nutrición:
a) Ser el órgano rector del Sistema de Recertificación Profesional en Nutrición.
b) Mantener actualizado el Sistema de Recertificación Profesional en Nutrición.
c) Valorar las solicitudes de Entes Proveedores de Educación Continua en Nutrición para su inscripción en el Sistema de Recertificación Profesional en Nutrición y brindar o rechazar el aval correspondiente.
d) Acreditar las actividades de Educación Continua en Nutrición que presenten los Entes Proveedores de Educación Continua en Nutrición para determinar el cumplimiento de los requisitos establecidos y asignar el número de créditos correspondientes.
e) Supervisar, evaluar y fiscalizar, cuando se considere pertinente, el desarrollo de las actividades de Educación Continua en Nutrición.
f) Valorar los atestados presentados anualmente por los miembros del Sistema de Recertificación Profesional en Nutrición y dictar la resolución respectiva.
g) Evaluar y aprobar o no las solicitudes de homologación de actividades ofrecidas por otros entes a nivel nacional e internacional.
h) Emitir el documento de recertificación al concluir satisfactoriamente cada período.
i) Ser el órgano científico, consultor e impulsor de la investigación.
j) Recomendar a los Entes Proveedores de Educación Continua en Nutrición temas de interés y necesidad nacional para implementarlos en las actividades de educación continua.
k) Presentar un informe anual de la labor realizada a la Junta Directiva.
l) Proponer ante la Junta Directiva reformas parciales o totales al reglamento para ser presentadas a la Asamblea General.
m) Cumplir con cualquier otra disposición que le señale las leyes, reglamentos y acuerdos de Asamblea General o Junta Directiva.
Contacto: consejoacademico@cpncr.com